Sonia Escudero, exsenadora nacional e integrante de la Convención Constituyente de 2021, sostuvo que el mandato iniciado por Gustavo Sáenz en 2019 no debería computarse dentro del límite de reelecciones establecido por la reforma constitucional.
La posibilidad de que Gustavo Sáenz vuelva a competir por la Gobernación en 2027 abrió el debate sobre los alcances de la reforma de la Constitución de Salta sancionada en 2021.
En diálogo con Profesional, la abogada y exsenadora nacional Sonia Margarita Escudero, quien integró la Convención Constituyente, sostuvo que, según su interpretación, no habría un impedimento jurídico derivado de esa reforma para una nueva candidatura de Sáenz.
El punto central de la discusión está en el mandato que comenzó en 2019, dos años antes de la modificación constitucional. La reforma estableció que gobernador y vicegobernador duran cuatro años y pueden ser reelegidos o sucederse entre sí por un solo período consecutivo.
¿El mandato iniciado en 2019 cuenta?
Para Escudero, no. Su interpretación es que el primer período alcanzado por las nuevas reglas comenzó en 2023, cuando Sáenz fue elegido nuevamente bajo la Constitución ya reformada.
La exconvencional fundamentó su postura en que el texto finalmente sancionado no incorporó una cláusula transitoria que estableciera expresamente que el mandato que estaba en curso debía computarse como el primero.
Durante la Convención sí existió una propuesta de cláusula transitoria que planteaba considerar los mandatos de gobernador y vicegobernador en ejercicio como primera vez a los efectos del nuevo artículo 140, pero esa disposición aparece en un dictamen y no forma parte del texto definitivo publicado de la reforma.
Escudero señaló que la misma interpretación alcanzaría a intendentes, diputados, senadores y concejales que estaban ejerciendo sus cargos cuando se modificó la Constitución.
La reforma de 2021 también modificó otros aspectos institucionales, entre ellos el régimen de los jueces de la Corte de Justicia de Salta, cuyos mandatos quedaron establecidos en diez años sin posibilidad de una nueva designación.
Así, de cara a 2027, la discusión pasa por cómo debe computarse el período 2019-2023 frente a los límites incorporados en 2021, una cuestión sobre la que Escudero expuso su interpretación jurídica como exintegrante de la Convención Constituyente.
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