Con 37 votos a favor y 33 en contra, el Senado aprobó durante la madrugada de este viernes la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsada por el Gobierno nacional. El proyecto introduce cambios en los procedimientos de desalojo, los contratos de alquiler y las expropiaciones, aunque todavía deberá ser debatido por la Cámara de Diputados antes de convertirse en ley.
Uno de los ejes principales de la iniciativa apunta a reducir los tiempos judiciales para recuperar inmuebles, diferenciando los casos de incumplimiento en el pago del alquiler de las ocupaciones sin autorización.
Cambios para los alquileres
En los contratos destinados a vivienda, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino antes de iniciar una demanda de desalojo y otorgarle un plazo mínimo de diez días para regularizar la deuda.
La notificación podrá realizarse en el domicilio fijado en el contrato o mediante el domicilio electrónico constituido por el locatario. Si vencido ese plazo no se paga la deuda ni se entrega el inmueble, el propietario podrá iniciar la acción judicial.
Además, estas causas deberán tramitar por el procedimiento sumarísimo o por la vía más rápida prevista en cada jurisdicción para acortar los tiempos de resolución. El plazo de diez días fue incorporado durante el debate, ya que el proyecto original del Poder Ejecutivo contemplaba un período menor.
Desalojos más rápidos para ocupaciones ilegales
La iniciativa también modifica el procedimiento para los inmuebles ocupados sin autorización, permitiendo que la restitución de la propiedad se tramite mediante mecanismos judiciales más ágiles y evitando los plazos de los procesos ordinarios.
Sin embargo, el proyecto aclara que un inquilino con contrato de vivienda no podrá ser desalojado automáticamente por falta de pago. Antes deberá cumplirse la intimación y, solo si persiste el incumplimiento, podrá avanzar el proceso judicial.
Qué pasa si el dueño no recibe las llaves
Otro de los cambios establece que, si al finalizar el contrato el propietario se niega a recibir las llaves, el inquilino podrá recurrir a una consignación judicial.
El objetivo es dejar constancia de la devolución del inmueble y evitar que sigan acumulándose alquileres u otras obligaciones una vez que el locatario manifestó formalmente su intención de entregarlo.
Cambios en las expropiaciones
La media sanción también modifica el régimen de expropiaciones. La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y estar respaldada por una justificación concreta que explique la necesidad de la medida.
Además, el proyecto incorpora nuevos criterios para fijar las indemnizaciones y establece un límite para el reconocimiento del lucro cesante.
Los artículos que fueron eliminados
Antes de la sesión, el oficialismo retiró dos capítulos del proyecto original para facilitar su aprobación.
Quedaron afuera las modificaciones a la Ley de Tierras Rurales, que proponían cambios en las restricciones para la compra de campos por parte de extranjeros, y también el capítulo que buscaba modificar la Ley de Manejo del Fuego para flexibilizar las limitaciones sobre el cambio de uso de terrenos afectados por incendios.
Con estas modificaciones, la iniciativa quedó centrada en la protección de la propiedad privada, los desalojos, los contratos de alquiler y las expropiaciones.
Ahora el proyecto deberá ser analizado por la Cámara de Diputados. Hasta que complete el trámite legislativo y sea promulgado, seguirán vigentes las normas actuales.
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