El Banco Central de la República Argentina (BCRA) volvió a reforzar el control sobre el mercado cambiario al generalizar la restricción cruzada que impide operar simultáneamente en el mercado oficial y en los dólares financieros.
Hasta ahora, esta limitación regía únicamente para directivos y gerentes de entidades financieras. Sin embargo, desde el 26 de septiembre la medida también alcanza a todas las personas físicas y jurídicas, lo que implica un endurecimiento adicional del cepo.
A través de la comunicación “A” 8336, la autoridad monetaria estableció que quienes accedan a la compra de dólares al tipo de cambio oficial deberán firmar una declaración jurada comprometiéndose a no realizar operaciones de dólar MEP o contado con liquidación (CCL) durante los 90 días posteriores.
“En todos los casos, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que se compromete a no concertar, de manera directa o indirecta, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes”, indicó el texto oficial del BCRA.
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