viernes 8 mayo de 2026

Revés judicial para el Gobierno: la Corte no aceptó el per saltum por la reforma laboral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal intervenga de manera directa en la causa iniciada contra la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron que no se cumplen los requisitos establecidos para habilitar el salto de instancia solicitado por el Poder Ejecutivo.

De esta manera, la causa continuará su trámite en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y recién luego podría llegar nuevamente al máximo tribunal.

El recurso había sido presentado en abril por la Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, con el objetivo de revertir la medida cautelar dictada por el juez laboral Raúl Ojeda, quien había suspendido 82 artículos de la ley de reforma laboral sancionada por el Congreso.

El Gobierno de Javier Milei argumentaba, entre otros puntos, que el magistrado no era competente para intervenir en el expediente y reclamaba una resolución urgente de la Corte.

Sin embargo, antes del fallo del máximo tribunal, la Cámara de Trabajo ya había restituido la vigencia de los artículos suspendidos. Los camaristas Arturo Pesino y María González resolvieron otorgar efecto devolutivo a la apelación, lo que permitió que los artículos vuelvan a estar vigentes mientras continúa el análisis judicial de la medida cautelar.

En su resolución, la Corte sostuvo que “no se observan los requisitos” previstos en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial para habilitar el per saltum y declaró “inadmisible” el recurso presentado por el Ejecutivo el 16 de abril.

Entre los artículos cuestionados se encuentran modificaciones vinculadas a indemnizaciones y contratos laborales, la extensión del período de prueba, regulaciones sobre tercerización, banco de horas, horas extras y facultades del empleador para modificar condiciones laborales.

La reforma laboral fue aprobada por el Congreso el 27 de febrero y promulgada el 6 de marzo. El proyecto había obtenido media sanción en el Senado el 12 de febrero, aunque durante el debate se eliminó el polémico artículo 44 referido a licencias laborales por enfermedad.

Finalmente, la iniciativa regresó a la Cámara alta y fue aprobada con 42 votos afirmativos, 28 negativos y 2 abstenciones. El texto incluye cambios en indemnizaciones, despidos, licencias, vacaciones, horas extras e impuestos laborales.

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