El Gobierno afina un proyecto de reforma laboral con apoyo empresario y fuerte rechazo de la CGT. El texto preliminar introduce modificaciones profundas en la Ley de Contrato de Trabajo, los regímenes especiales, la registración laboral y los procedimientos judiciales.
El proyecto de reforma laboral que impulsa el Gobierno nacional sigue avanzando entre negociaciones internas y ajustes técnicos. Un borrador, al que accedieron distintos sectores, detalla modificaciones de gran alcance sobre la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), los regímenes especiales, el sistema de registración laboral y diversos procedimientos judiciales.
El debate formal se desarrolla en el Consejo de Mayo, aunque la CGT mantiene una participación mínima y ya anticipó un rechazo total a la iniciativa.
Exclusiones y alcance de la nueva LCT
El texto redefine el alcance de la Ley de Contrato de Trabajo, que dejará afuera a:
- el empleo público,
- el trabajo agrario,
- el régimen de casas particulares,
- los vínculos comerciales regidos por el Código Civil y Comercial,
- y a los servicios personales de transporte y reparto mediante plataformas.
Se mantiene el principio de norma más favorable, aunque limitado únicamente a casos de dudas insuperables, y se ratifica la irrenunciabilidad de derechos. Los acuerdos conciliatorios continuarán requiriendo homologación judicial o administrativa.
Antigüedad y tercerización
La antigüedad podrá computar períodos sucesivos y lapsos previos si el reingreso ocurre dentro de los dos años.
En casos de tercerización, la responsabilidad del empleador principal será subsidiaria y no solidaria, excepto ante incumplimientos en registración, aportes o seguros.
Registración unificada y digitalización
Uno de los puntos centrales es la creación de un sistema unificado de registración laboral, administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Toda inscripción laboral deberá realizarse allí.
La falta de registración generará presunciones automáticas a favor del trabajador, y los certificados obligatorios pasarán a emitirse en una plataforma digital.
Jornada, vacaciones y flexibilidad
El proyecto incorpora un esquema de mayor flexibilidad en la organización de la jornada, siempre que no se generen perjuicios para el trabajador. Además:
- se reconoce la capacitación como derecho básico;
- el período de vacaciones se fija entre el 1 de octubre y el 30 de abril;
- se habilita el fraccionamiento en tramos mínimos de 7 días;
- y se permiten reprogramaciones por enfermedad.
Beneficios, descansos y bancos de horas
Se amplía la lista de beneficios sociales no remunerativos, que incluirán guardería, ropa de trabajo, útiles, gimnasio, sepelio y herramientas tecnológicas.
En cuanto a descansos y horarios, se permitirán bancos de horas y compensaciones internas, siempre sin superar los límites legales vigentes.
Enfermedad y despidos
El régimen de enfermedad establecerá una prestación no remunerativa del 80% del salario neto, con certificaciones médicas digitales.
La indemnización por despido será de un mes por cada año trabajado, con topes y pisos. También se suma un agravamiento por despido discriminatorio.
Servicios esenciales y actividad sindical
El proyecto redefine qué actividades se consideran servicios esenciales y cuáles son trascendentales, fijando niveles mínimos del 75% y 50% durante conflictos laborales.
Además, la matrícula profesional volverá a ser opcional, y se crea un registro federal administrado por el Ministerio de Capital Humano.
Repartidores y plataformas
El texto incluye un régimen especial para trabajadores de plataformas, basado en la independencia laboral, obligaciones fiscales propias y normas de seguridad, privacidad y responsabilidad.
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