Las compras puerta a puerta de particulares alcanzaron los US$894 millones durante el año. Diciembre marcó un nuevo máximo con US$105 millones impulsados por las fiestas y el aguinaldo.
Las compras de particulares al exterior a través del sistema courier puerta a puerta alcanzaron un récord histórico en 2025, con un crecimiento cercano al 275% en comparación con 2024, según un informe de la consultora Analytica.
De acuerdo a las estimaciones, las importaciones realizadas bajo esta modalidad totalizaron US$894 millones, lo que representa un incremento interanual del 274,2%. En el último semestre del año, los pagos se mantuvieron estables en torno a los US$100 millones mensuales, aunque diciembre marcó un máximo histórico de US$105 millones, con una suba del 179,6% respecto al mismo mes del año anterior.
Desde la consultora señalaron que el fuerte aumento de las compras estuvo posiblemente impulsado por el consumo navideño y el cobro del aguinaldo, factores que incrementaron la demanda de productos importados por parte de los consumidores argentinos.
Envíos puerta a puerta: las principales claves del sistema courier
Desde el año pasado rigen nuevas disposiciones para los envíos internacionales a través de couriers privados. Entre los puntos más importantes se destacan:
- Peso máximo por envío: hasta 50 kilos por paquete o pieza postal.
- Valor máximo por envío: hasta US$3.000.
- Cantidad de envíos: no existe un tope anual para envíos por courier.
- Pequeños envíos: límite de tres unidades por envío y hasta cinco envíos anuales por persona.
- Impuestos: están exentos de derechos de importación y tasa de estadística los envíos de hasta US$400, aunque el IVA debe abonarse.
Además, al recibir un paquete por courier no es necesario registrarlo en la web de ARCA. Desde el organismo aclararon que ese trámite solo es obligatorio cuando el envío se realiza a través del Correo Argentino.
Qué productos no se pueden ingresar al país
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) supervisa las compras internacionales para evitar el ingreso de productos prohibidos y garantizar el cumplimiento de las normas vigentes. Entre los bienes que no pueden importarse se encuentran:
- Mercadería con fines comerciales o industriales.
- Armas de fuego, salvo con autorización de la ANMaC.
- Explosivos, inflamables y estupefacientes.
- Material arqueológico y cultural, protegido por ley.
- Electrodomésticos de línea blanca, como cocinas, hornos, estufas, lavavajillas y aires acondicionados.
En cambio, los electrodomésticos pequeños, como licuadoras o procesadoras, sí están permitidos bajo el régimen vigente.
Fuente: TN
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