miércoles 5 agosto de 2026

Pensiones no contributivas: Anses informó quienes no cobrarán en agosto 2025

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que en agosto de 2025 no se acreditará el pago de las Pensiones No Contributivas (PNC) a las personas que:

  • No cumplan con los requisitos establecidos.
  • Permanezcan fuera del país más de 90 días consecutivos.
  • Hayan sido dadas de baja por irregularidades detectadas.

Cómo verificar si vas a cobrar en agosto

Para saber si tu PNC está habilitada:

  1. Ingresá a Mi ANSES con tu CUIL y clave.
  2. Entrá en la sección “Mis Cobros”.
  3. El sistema te indicará si tenés pagos confirmados o pendientes.

Pasos para reclamar si no cobrás

Si detectás que tu pago no fue depositado:

  1. Reuní la documentación necesaria: si el atraso supera los 60 días, es probable que esté registrado en el sistema. Si es menor, descargá y completá el formulario PS 6.5 – Reclamo de Haberes Impagos.
  2. Presentá el formulario en tu banco o en una sucursal del Correo Argentino, con firma de autoridad.
  3. Usá la Atención Virtual de ANSES: ingresá con tu CUIL y clave, seleccioná la opción “Reclamar un beneficio suspendido o un mensual no cobrado (Activación/Repago)”.

Calendario de pago PNC – Agosto 2025

  • DNI terminados en 0 y 1: viernes 8 de agosto
  • DNI terminados en 2 y 3: lunes 11 de agosto
  • DNI terminados en 4 y 5: martes 12 de agosto
  • DNI terminados en 6 y 7: miércoles 13 de agosto
  • DNI terminados en 8 y 9: jueves 14 de agosto

Requisitos para acceder a las PNC

Pensión por invalidez

  • Argentino nativo/naturalizado o extranjero con 10 años de residencia continua.
  • Menor de 65 años.
  • No percibir jubilación ni otra pensión.
  • Ingresos familiares que no superen 4 haberes mínimos (en menores).
  • Algunas provincias exigen informe catastral.

Pensión para madres de 7 hijos

  • Argentina o naturalizada (mínimo 1 año de residencia) o extranjera con 15 años en el país.
  • No cobrar otros beneficios previsionales ni ingresos que aseguren la manutención.
  • El cónyuge puede tener jubilación, pero no otra PNC por vejez o invalidez.

Pensión por vejez

  • Tener 70 años o más.
  • Naturalizados: 5 años de residencia previa.
  • Extranjeros: 40 años de residencia ininterrumpida.
  • No cobrar otros ingresos previsionales ni estar privado de libertad.
  • Solo uno de los cónyuges puede acceder.

Fuente: medios

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