La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), en coordinación con los gremios mercantiles, confirmó que el Día del Empleado de Comercio 2025 se celebrará el lunes 29 de septiembre, en lugar del 26, que es la fecha establecida por ley.
La decisión fue tomada junto a las entidades sindicales firmantes del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, con el objetivo de facilitar la organización del sector sin afectar los derechos laborales de los trabajadores.
Aunque la ley fija el 26 de septiembre como jornada oficial, la CAC aclaró que el traslado no modifica su carácter de día especial, ya que mantiene la equiparación con un feriado nacional en todos sus efectos legales. Esto implica:
- Los empleados pueden optar por no asistir al trabajo sin perder salario ni tener que justificar la ausencia.
- No corresponde otorgar franco compensatorio ni descontar del descanso semanal.
- Si un comercio abre y el trabajador decide concurrir, corresponde aplicar el pago extra establecido para los feriados nacionales.
La CAC subrayó que este acuerdo refleja un entendimiento entre empresarios y sindicatos que garantiza previsibilidad a la actividad comercial y preserva los derechos que otorga la Ley 26.541 a los trabajadores mercantiles.
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