La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) estableció la obligatoriedad de realizar controles de alcoholemia a los choferes de colectivos que prestan servicios de transporte público urbano e interurbano en la Región Metropolitana. La medida fue dispuesta mediante la orden regulatoria N.º 1/26, aprobada por el Directorio del organismo.
Según lo establecido, las empresas prestatarias tendrán un plazo máximo de 20 días para implementar nuevas medidas de prevención, que incluyen exámenes de alcoholemia antes del inicio de cada turno y durante el transcurso del mismo, con el objetivo de reducir la siniestralidad vial y garantizar la seguridad de pasajeros y terceros.
Desde la AMT señalaron que la iniciativa busca impedir que conduzcan personas con alcohol en sangre, evitando así accidentes en la vía pública. En ese sentido, se remarcó la necesidad de adoptar acciones preventivas y de control sistemático y regular, como una política de acción positiva en materia de seguridad vial.
La nueva disposición también apunta a generar incentivos tanto en las empresas operadoras como en los conductores, promoviendo conductas responsables y reduciendo los riesgos asociados a la conducción bajo los efectos del alcohol.
Principales puntos de la orden regulatoria
Entre las medidas más relevantes que deberán cumplir las empresas de transporte, se destacan:
- La realización de controles obligatorios de alcoholemia en instalaciones de las empresas, terminales, cabeceras, puntas de línea y/o lugares de inicio del servicio, tanto previo al comienzo del turno como durante su desarrollo.
- La obligación de los choferes de someterse a los procedimientos necesarios para determinar su estado de intoxicación alcohólica.
- La prohibición de prestar servicio a todo conductor al que se le detecte alcohol en sangre. En esos casos, la empresa deberá designar de manera inmediata un chofer reemplazante, a fin de no afectar la regularidad del servicio.
- La aplicación de la contraprueba de alcoholemia conforme a lo dispuesto en la Ley Provincial N.º 7846 y normas concordantes.
- El uso de instrumentos homologados, verificados periódicamente y debidamente certificados, con registro documentado de cada control realizado.
Desde la AMT destacaron que esta medida constituye un paso clave para mejorar la seguridad del transporte público y reforzar los controles en un servicio esencial para miles de usuarios que circulan a diario por el área metropolitana.
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