28 de abril de 2025

¿Autocarga de combustible? Estas son las reglas que deberán seguir las estaciones de servicio

Autodespacho de combustibles: el Gobierno oficializó las condiciones para su implementación en estaciones de servicio

La Secretaría de Energía de la Nación formalizó este martes la reglamentación del sistema de autodespacho de combustibles, una modalidad que permitirá a los usuarios cargar nafta o gasoil por su cuenta, sin asistencia directa del personal. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 147/2025.

La normativa establece que las estaciones de servicio podrán optar voluntariamente por adoptar esta modalidad, ya sea de forma exclusiva o combinada con el sistema tradicional de carga asistida. Para ello, cada operador deberá cumplir un proceso de autorización, respaldado por una serie de requisitos técnicos y de seguridad.

Requisitos administrativos para obtener la habilitación

Según el Anexo I de la resolución, quienes deseen incorporar el autodespacho deberán presentar:

  • Documentación sobre las instalaciones y su modalidad de funcionamiento.
  • Planos técnicos visados.
  • Auditoría de seguridad vigente, aprobada por entidades certificadas.
  • Certificado de cumplimiento normativo, tanto técnico como legal.

Una vez autorizado, el establecimiento podrá operar bajo una de tres formas:

  1. Autodespacho exclusivo: solo carga autónoma del cliente.
  2. Mixta simultánea: zonas diferenciadas para autodespacho y carga asistida.
  3. Mixta alternada: se alterna entre ambos sistemas según el horario o la demanda.

Exigencias técnicas y condiciones de seguridad

El Anexo II detalla los requisitos obligatorios que deben cumplirse para salvaguardar a los usuarios y trabajadores. Algunos de los puntos clave incluyen:

  • Surtidores con corte automático, sistema «Lever On» y picos sin traba.
  • Mangueras de máximo 3,5 metros, con dispositivos de seguridad “break away”.
  • Cabinas de vigilancia con visibilidad total del área de carga.
  • Prohibición de cargar en bidones.
  • Sistemas de asistencia inmediata (audio, video o intercomunicador).
  • Atención prioritaria a personas vulnerables.

Además, los surtidores deberán contar con válvulas de impacto y cortes de emergencia, para prevenir derrames ante cualquier incidente. A pesar de la autonomía que propone el sistema, será obligatorio contar con personal capacitado en tareas de supervisión, sin intervenir directamente en la carga salvo en caso de emergencia.

Registro de estaciones habilitadas y control oficial

Para promover la transparencia, la Subsecretaría de Combustibles Líquidos publicará un registro oficial de estaciones autorizadas para ofrecer autodespacho, actualizado periódicamente en su sitio web.

Asimismo, este organismo será responsable de otorgar permisos, realizar inspecciones y aplicar sanciones ante cualquier incumplimiento. El régimen sancionatorio contempla desde multas hasta la inhabilitación, de acuerdo a lo estipulado en resoluciones previas como la 1102/04 y la 414/21.

Con esta medida, el Gobierno busca modernizar el servicio en las estaciones y brindar a los usuarios una opción más ágil y autónoma para cargar combustible, aunque bajo un marco estricto de seguridad y control.